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Derecho de la Tecnología de la Información y la Comunicación (TIC)

En el entorno de recursos y medios que utilizan las empresas para recabar la información necesaria en su actividad y las necesidades de comunicación acordes a la tecnología disponible, la seguridad jurídica debe adaptarse tanto a la normativa que la regula como a garantizar sus derechos y obligaciones. Por ello, atentos a las necesidades de sus clientes, ESTUDIO JURÍDICO EJASO, ha generado recientemente un nuevo departamento especializado en el asesoramiento en materia tecnológica así como respecto del adecuado tratamiento de datos de carácter personal de su responsabilidad.


Derecho Tecnológico ______________________________________________


  • Redacción y supervisión de Contratos informáticos.

  • Adecuación legal de páginas web.

  • Asesoramiento legal en Comercio Electrónico.

  • Asesoramiento y control en la utilización de recursos tecnológicos en la empresa.

  • Seguridad de la Información y de las Comunicaciones.

  • Publicidad y envío de comunicaciones comerciales


Protección de Datos ______________________________________________


  • Asesoramiento jurídico frente a la incoación de expedientes sancionadores por la AEPD, así como la defensa procesal ante los Juzgados que correspondan.
  • Asesoramiento en la adecuación de la empresa a la normativa de protección de datos.

  • Preparación de la documentación obligatoria que debe disponer toda empresa: Documento de Seguridad, notificación de ficheros ante la AEPD, Políticas internas para los trabajadores, etc.
  • Redacción de contratos, cláusulas informativas, Políticas de Privacidad de páginas web para el cumplimiento de esta normativa
  • Análisis de la viabilidad de negocios directamente relacionados con el tratamiento de datos personales.
  • Auditoría Bienal de protección de datos.
  • Formación interna a la organización de la empresa.

Responsable Departamento

Abogado Especialista TIC

Diego López

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3 octubre, 2011 @ 16:52
Publicado por Dpto.Comunicación

“Como solicitaba la CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE EMPRESARIOS DE ESTACIONES DE SERVICIO (CEEES) a través de su asesoría legal (Estudio Jurídico EJASO) en su oposición al recurso planteado por REPSOL CPP, la Sala Tercera del Tribunal Supremo ha desestimado mediante sentencia de fecha 20 de septiembre de 2011, el recurso presentado por REPSOL CPP, por lo que se rechaza la solicitud de suspensión cautelar de la ejecución de la Resolución del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia, de 30 de julio de 2009, Expediente 652/07 REPSOL/CEPSA/BP OIL, interesada por la petrolera, condenando en costas a REPSOL CPP.


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Publicado por Dpto.Comunicación

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictado Sentencia declarando la existencia de intromisión ilegítima por parte de Sonia Monroy en el derecho a la intimidad personal y a la vida privada de Pepe Navarro por las declaraciones hechas a lo largo de un reportaje publicado por la revista INTERVIÚ en marzo del año 2006.

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